El TSJC endurece la condena por agresión sexual en un caso ocurrido en Palamós

El tribunal corrige la sentencia inicial de la Audiencia de Girona al considerar que existió violencia y humillación hacia la víctima

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El TSJC eleva de 5 a 12 años la condena por agresión sexual a un hombre en Palamós tras el recurso de la Fiscalía. Foto: Europa Press

 

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha aumentado de manera significativa la pena impuesta a un hombre condenado por un delito sexual cometido en noviembre de 2023 en Palamós. La nueva sentencia eleva la condena de 5 a 12 años de prisión, tras estimar el recurso presentado por la Fiscalía, que solicitaba un cambio en la calificación del delito: de abuso sexual a agresión sexual.

Este cambio no es menor. El TSJC ha considerado que los hechos ocurrieron con violencia y con una clara actitud humillante hacia la víctima, elementos que no fueron suficientemente valorados en la sentencia inicial dictada por la Audiencia de Girona. Según la resolución, el condenado actuó con plena conciencia del daño que iba a causar, ejerciendo una violencia que reviste especial gravedad y denigración.

 

Más restricciones para proteger a la víctima

Además del incremento de la pena principal, el tribunal ha ampliado otras medidas restrictivas. El agresor no podrá acercarse a la víctima a menos de 500 metros ni comunicarse con ella durante un periodo adicional de un año. También se le ha impuesto un régimen de libertad vigilada durante cinco años una vez cumplida la pena de prisión.

En la misma línea, se le prohíbe trabajar en cualquier entorno que implique contacto habitual con menores o personas vulnerables durante un periodo que supere en cinco años la duración de su condena penitenciaria.

Por otro lado, se mantiene la pena de un año de prisión por un delito de lesiones, que ya había sido reconocida por la Audiencia de Girona en la sentencia original.

 

Una revisión que pone el foco en la violencia

Con esta decisión, el TSJC subraya la importancia de valorar adecuadamente el uso de la violencia y la actitud degradante en los delitos sexuales. El fallo destaca que no se puede minimizar la gravedad de los hechos cuando existen indicios claros de agresión física y psicológica hacia la víctima.

Este caso reabre el debate sobre cómo se interpretan las distintas formas de violencia en los delitos sexuales y refuerza el papel del Ministerio Fiscal en la revisión de sentencias que podrían haber sido subestimadas en su calificación jurídica inicial.

La resolución del TSJC supone un paso más hacia una justicia más sensible con las víctimas de violencia sexual, reconociendo el sufrimiento causado y actuando con firmeza ante agresores que actúan con desprecio hacia la dignidad y la integridad física y emocional de las personas.

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